PRIORITARIOS
Taxi
Turismos de transporte escolar y de menores
Vehículos prioritarios ligeros (policía, ambulancias, bomberos…)
Edad mínima 18 años.
Es necesario tener el permiso B
Con una experiencia de 1 año del permiso B solo será necesaria una prueba teórica.
Información sobre el carnet BTP
Requisitos para obtener este permiso
- Edad mínima para su obtención: 18 años cumplidos (se puede empezar a estudiar antes)
De todas formas el permiso BTP sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase B y que tengan una experiencia, durante al menos un año, en la conducción de vehículos que autoriza la clase B (demás de superar la prueba de control de conocimientos)
- Tener la residencia en España o, en le caso de extranjeros acreditar la situación de residencia normal o e estancia por estudios en España (se debe demostrar la calidad de estudiante durante un período mínimo continuado de seis meses y haber cumplido la edad requerida).
- No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención del que se posea.
- Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase de permiso o licencia de conducción que se solicite que se solicite. Estas aptitudes se demuestran con el certificado médico expedido por centros oficiales.
- Ser declarado apto por la Jefatura Provincial o Local de Tráfico en las pruebas teóricas
Es un examen de 20 preguntas y se pueden fallar hasta dos.
- No ser titular de un permiso de conducción de igual clase expedido en otro Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ni haber sido restringido, suspendido o anulado en otro Estado miembre el permiso de conducción que poseyese.
- Con el permiso BTP, podrás conducir:
– vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente
– vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares
– vehículos destinados al transporte público de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500kg, y con número de asientos, incluido el conductor no exeda de nueve.Se incluyen taxis, ambulancias, etc