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Permiso B (coche)

 

CLASE DE PERMISO.     

El permiso de conducción de la categoría B se puede obtener a partir de los 18 años. Para la obtención de este permiso B el alumno tendrá que superar los siguientes exámenes:

• Examen Teórico Común. (en caso de no ser titular del Permiso A1, A2 o A).
• Examen Práctico de Circulación en Tráfico Real.
VEHICULOS AUTORIZADOS.
– Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 Kg. construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor (camiones, furgones, furgonetas, vehículos mixtos adaptables, derivados de turismos y autocaravanas). Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 Kg.
– Vehículos para personas de movilidad reducida.
– Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por, un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B, y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 Kg., siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 Kg. En caso de que el conjunto superase dicha masa máxima autorizada, la autorización “B96” permite conducir un conjunto hasta 4.250 Kg. de masa máxima autorizada y para masas superiores sería obligatorio el permiso de la clase “E” ó en este caso “B+E”.
– Triciclos y cuadriciclos de motor. Hasta los 21 años cumplidos no autoriza a conducir triciclos y cuadriciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 Kw.
– Vehículos especiales no agrícolas o sus conjuntos cuya velocidad máxima autorizada no exceda de      40 km/h y su masa máxima autorizada no exceda de 3.500 Kg. Si excede cualquiera de estos límites, se requerirá el permiso de conducción que corresponda a su masa máxima autorizada.
– Vehículos especiales no agrícolas autopropulsados o sus conjuntos que transporten personas hasta un máximo de nueve incluido el conductor.
– Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o sus conjuntos que superen las masas y dimensiones máximas establecidas u cuya velocidad máxima por construcción exceda de 45 Km./h.
– Este permiso no autoriza a conducir motocicletas. No obstante, las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.

 

 

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